jueves, 3 de mayo de 2012

DOCUMENTO DEL MES DE MAYO EN EL ARCHIVO DE REQUENA


Organización de los ciudadanos que no pertenecen a la Milicia
Nacional, para la defensa de la ciudad de Requena



            La Primera guerra carlista (1833 – 1840) tuvo especial incidencia en nuestra comarca, pues Requena se convirtió en la plaza fuerte avanzada para la defensa de Valencia, frente a los ataques del ejército carlista del Bajo Aragón, dirigido por el general Cabrera, ya que en caso de dominar la plaza, cortaría las comunicaciones directas de Valencia con Madrid, facilitando la toma de aquella ante los movimientos de tenaza de las columnas carlistas provenientes del Maestrazgo y la Serranía.

            Ante la escasez de fuerzas del Ejército regular y la desconfianza de los liberales en muchos de sus mandos, se crea la Milicia Nacional, surgida en 1793, durante la guerra del Rosellón y certificada en la Constitución de 1812 y posterior Reglamento de 1814. Pero la abolición de la Constitución por Fernando VII hizo que ese Reglamento no se aplicase.

            Será durante el Trienio Liberal (1820–23) cuando la Milicia Nacional adquiera su significado de garante de la Constitución y del orden público. Pero su máximo desarrollo lo tendrá durante el periodo comprendido entre 1833 y 1844, pues la Primera Guerra Carlista hace necesaria su intervención para frenar a las partidas del Pretendiente D. Carlos de Borbón. Y a este periodo se refiere el documento del mes.

            Requena ya había sido atacada por Cabrera, Gómez y, nuevamente Cabrera, en 1835, 1836 y 1837, respectivamente. El documento surge del peligro de un nuevo ataque de Cabrera, que ha cruzado el Cabriel por la Sierra de Cuenca y está sobre Minglanilla, con mil infantes y doscientos caballos. Requena no cuenta con más guarnición que el Batallón de la Milicia Nacional, compuesto por seiscientos ochenta milicianos, de los que la mitad carece de fusiles. Además, a siete leguas de distancia se encuentra Chelva, cuartel general de las partidas carlistas que asuelan nuestra comarca. El temor a un ataque combinado desde el oeste (Cabrera) y el norte (partidas del Serrador, Arnau, Forcadell, Llangostera, Palillos, Tallada y el utielano Timoteo Andrés el Pimentero, que contaban entre ochocientos y novecientos hombres), decide a las autoridades a decretar la movilización general de todas las personas de diez y seis a setenta años.

            Los alcaldes de barrio y los cabos de escuadra elaboran un censo de población, indicando si los movilizados poseen armas de fuego (escopetas), chuzos o lanzas o no tienen ningún tipo de arma ofensiva o defensiva, y los movilizados se distribuyen en pelotones en diferentes lugares de la ciudad, con la misión de defenderlos o de ayudar a reparar daños en las fortificaciones y transportar pólvora y municiones.

            Afortunadamente, esta vez Cabrera no atacó Requena, sino que se dirigió a Chelva, donde se unió a las partidas allí establecidas y bajaron a la Huerta de Valencia, que saquearon impunemente, consiguiendo un gran botín, antes de retirarse hacia Chelva y Teruel.

            Pero el decreto de movilización se mantuvo vigente hasta 1841, cuando las últimas partidas carlistas se rindieron o fueron derrotadas y sus cabecillas fusilados.


                                                                                  José Luis Hortelano Iranzo





Trascripción del Documento

 
            La Comisión nombrada por el Ayuntamiento de esta Ciudad para el empadronamiento de todas las personas desde la edad de 16 á 70 años,y armas que los mismos tengan, como también para proponerles el servicio que puedan prestar en caso de alarma vajo de las reglas que se estimen de mayor conveniencia y utilidad, proponen á el efecto las siguientes=

            1ª De todos los individuos que resultan se podrán formar tres secciones, una de los armados con las de fuego, otra de los de chuzos, y otra de los desarmados.
            2ª La primera seccion se formará de los que resultan del Padrón número primero,y de aquellos que comprendidos en él del numero 2º se les pueda proveer de iguales armas.
            3ª La segunda se compondrá delos individuos que resulten del padrón número 2ºy otros que del mismo modo se les habilite con iguales armas.
            4ª Y la tercera de todos los que resultan desarmados del padrón general.
            5ª La primera sección se subdividirá en tantas cuantas producto el numero de su arma á la formación de una por cada treinta individuos, designándose por orden numérico.
            6ª La segunda se dividirá en dos de fuerza igual.
            7ª  Y la tercera, se subdividirá en cuatro Pelotones iguales.
            8ª A cada una de las secciones y pelotones se les nombrará dos Gefes.
            9ª provistos de armas á los que especialmente ofrezcan más garantías para desempeñarlas por su aptitud, se mandarán reunir dichas Secciones para inspeccionar la utilidad de aquellas, procurando igualmente reunir las de un mismo calibre, y en este acto se les enterará de sus respectivos Gefes y obligaciones que en su caso deben desempeñar, haciendo lo propio con dichos pelotones.
            10ª Al Toque de alarma, las secciones armadas con las de fuego se reunirán en la Plaza de la Villa para cubrir y defender los puntos de ésta, estableciendo un retén si resultare fuerza  sobrante despues de cubiertos auqellos en dicha Plaza para atender á la mayor necesidad de cualquiera de ellos,
            11ª Las dos secciones de Chuzos se reunirán una en la Carrera de los Frailes y otra en el Portal de Madrid, dispuestas a prestar el servicio que se les mande.
            12ª Los cuatro Pelotones de desarmados, tendrán por punto de reunión San Sebastián, Portal de Madrid, Carrera de los Frailes y Plaza de la Villa, para desempeñar el servicio que la necesidad exija en las diferentes atenciones de los puntos atacados y otras de la poblacion mandadas por sus autoridades.

            La Comisión, si bien no há podido desempeñar su cometido con acierto, al menos lo há hecho con el mejor celo y buenos deseos de conseguirlo, supliendo éstos la falta de aquellos, dándose por muy satifecha de cuantas mejoras pueda hacerle la ilustracion del Ayuntamiento que leha onrado con su confianza. Requena 5 de Febrero de 1838.

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